El Comité asegura que no tiene «competencia» para pronunciarse sobre la impugnación pedida por el conjunto andaluz ya que este caso no está recogido en el Código Disciplinario.
El Cádiz emitía este martes un comunicado en el que anunciaba la impugnación de su partido ante el Elche CF por el grave error ocurrido en el VAR que le costaba la pérdida de dos puntos. El conjunto andaluz solicitaba que se reanudará el encuentro desde el minuto 81, momento en el que se producía el tanto de Ezequiel Ponce que supuso el 1-1 final.El Comité de Competición «considera que carece de competencia para pronunciarse sobre la impugnación formulada por el Cádiz CF. En efecto, de acuerdo con lo establecido en las citadas normas, el ámbito de la disciplina deportiva se extiende a las infracciones de las reglas de juego o competición, tipificadas como tales en el Código Disciplinario de la RFEF y demás normativa aplicable a la disciplina deportiva, y a las infracciones de las normas generales deportivas, igualmente tipificadas en tales normas, no encontrándonos en el caso expuesto por el Cádiz CF ante ninguno de los supuestos citados. Por ello, este Comité acuerda declarar su falta de competencia para conocer de la impugnación presentada».COMUNICADO OFICIAL DEL CÁDIZ»Ante la gravedad de los hechos acaecidos en el día de ayer, 16 de enero de 2023, en el partido disputado por el CADIZ CF SAD frente al ELCHE CF SAD correspondiente a la 17ª jornada del Campeonato Nacional de Liga de Primera División (“LaLiga Santander”) en el que, como consecuencia de una desafortunada y negligente actuación del colectivo arbitral, en concreto de los árbitros de la Sala VOR, el CÁDIZ CF SAD se vio gravemente perjudicado, esta entidad desea manifestar: Que en el día de hoy, 17 de enero de 2023, los servicios jurídicos del CÁDIZ CF SAD han presentado ante las instancias federativas competentes, escrito de impugnación del encuentro celebrado ante el ELCHE, C.F., S.A.D, en virtud del cual se solicita la nulidad del meritado encuentro y su reanudación a partir del minuto 81 del mismo, momento en el que el colectivo arbitral validó el gol anotado por el Jugador del ELCHE, C.F., S.A.D. D. Ezequiel Ponce, a pesar de venir precedido de un clamoroso y flagrante fuera de juego, no susceptible de interpretación, como demuestran las imágenes del partido.Que, dicha solicitud se fundamenta en lo que, a juicio de esta entidad, no puede tildarse de un mero error humano, sino de un grave y manifiesto error técnico arbitral, motivado por la actuación negligente y no excusable de los árbitros de la Sala VOR designados por la RFEF que, a criterio de esta Entidad, no sólo incumplieron las Reglas de Juego aplicables, sino que pasaron por alto la normativa vigente respecto a los principios y procedimientos regulados en el Protocolo VAR.Que, como cabe deducir de las propias imágenes del partido, e incluso de los actos que se han sucedido desde entonces, algunos provenientes de estamentos dependientes de la propia RFEF, no cabe duda de que el equipo arbitral incurrió en un error material manifiesto, grave, inexcusable y no justificable, del que se derivan perjuicios irreparables para el CÁDIZ, C.F., S.A.D.Que, por ello y sin perjuicio de lo anterior, por respeto a esta Entidad, a su historia, a sus aficionados y trabajadores , así como a los propios jugadores y técnicos que conforman la primera plantilla de la Entidad, que con esfuerzo y dedicación luchan por lograr un objetivo deportivo común, pese a los obstáculos que se les presentan – ya, con cierta frecuencia – el CÁDIZ, C.F. manifiesta que no permanecerá inmóvil ante la injusticia deportiva ocurrida en el día de ayer.Muy al contrario, de resultar necesario a la terminación de la temporada, en función de los perjuicios deportivos y económicos que proceda inferir de la clasificación final del CÁDIZ, C.F., S.A.D. en la categoría de Primera División, esta Entidad valorará el ejercicio de cuantas acciones legales le asistan en Derecho, incluyendo la acción de responsabilidad patrimonial frente a las personas, físicas o jurídicas, que en última instancia deban responder de los daños y perjuicios ocasionados al CÁDIZ, C.F., S.A.D.»

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