El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado su decisión de conceder una reducción retribuida del 100b% de la jornada laboral a un agente de la Policía Nacional para cuidar de su hija recién nacida, gravemente enferma.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado su decisión de conceder una reducción retribuida del 100b% de la jornada laboral a un agente de la Policía Nacional para cuidar de su hija recién nacida, gravemente enferma.Así lo ha acordado la sección cuarta de la sala de lo contencioso administrativo el TSJC en una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, en que da la razón al agente de Policía y reconoce su derecho a que la reducción de su jornada retribuida, para cuidar de su hija enferma, sea del 100 % y no del 50 % como le concedió inicialmente la Dirección General de la Policía.El agente, asesorado por el abogado Javier Aranda, de los servicios jurídicos del sindicato policial JUPOL, recurrió ante el TSJC, que ha reconocido su derecho a una reducción del 100 % de su jornada laboral diaria con carácter retribuido por cuidad de su hija, que sufre una enfermedad grave, en el periodo entre septiembre de 2020 y marzo de 2021.De hecho, el alto tribunal catalán ya reconoció en octubre de 2020 el derecho del agente a que su reducción horaria fuese del 100 %, al aceptar sus petición de medidas cautelarísimas, que ahora han sido ratificadas en la sentencia que resuelve sobre el fondo del asunto.La hija del Policía nació en abril de 2020 y con una enfermedad grave que requiere un cuidado directo, continuado y permanente de sus progenitores, según reconoció la propia administración, que no obstante rebajó el permiso retribuido al 50 % de la jornada durante el periodo comprendido entre septiembre de 2020 y marzo de 2021.El TSJC ha dado la razón al agente, al concluir que la intensidad del cuidado que requiere la hija «justifica de forma plausible» la reducción de la jornada en su totalidad, al 100 %, durante los seis meses.En este sentido, la sala considera que la administración no motivó, o lo hizo de forma «insuficiente», la denegación de la solicitud de que la reducción de la jornada fuese del 100 %, ya que se limitó a conceder «sin más» el mínimo del 50 %. EFE.jf/fl/mcm
