El 10 de enero será un día que nunca olvidarán los vecinos de la localidad sevillana Aznalcóllar. Tampoco los compañeros de clase de ese joven que estudiaba electricidad y tenía sólo diecisiete años cuando fue apuñalado mortalmente en el corazón a la salida del instituto.

En el multitudinario funeral, fueron sus amigos, sus compañeros de clase, quienes portaron su ataúd. Su familia ha pedido respeto en todo momento. Y ha pedido no incurrir en «conjeturas o morbo para no aumentar el dolor por la pérdida del joven».

A esta hora el caso sigue bajo secreto de sumario. Los dos jóvenes detenidos por el apuñalamiento mortal del joven sevillano ya están entre rejas. Han pasado su primera noche en prisión.

Según la investigación, el presunto asesino tendría antecedentes penales. En estos días ha circulado incluso un mensaje de audio en el que lo amenazaba de muerte. “Cuando te vea, te voy a sacar las tripas a ti y a tu madre”, le decía en ese audio que ha circulado estos días por las redes sociales. Además, habría amenazado incluso a otros jóvenes.

Además, hay dos menores investigados. Una de las menores es la novia del presunto asesino. Según la investigación, ella iba en el coche donde él huyó del lugar del crimen.

Aunque la investigación sigue su curso, el principal móvil del asesinato serían los celos. Todo apunta a que la novia del presunto asesino y la de la víctima se habrían peleado previamente en el instituto.

¿Qué papel habría jugado esta menor en el caso? ¿Podría ser inductora o cómplice del crimen? En ese caso, ¿Podría ser condenada aunque sea menor? Para responder a estas preguntas, en COPE Andalucía hemos hablado con Borja Pérez, CEO de BJ Abogado.

Según ha contado Borja Pérez en los micrófonos de COPE, “la edad para que un joven sea imputable es de dieciocho años. Cuando un menor es inductor de un delito, no se le puede aplicar el Código Penal a un menor porque es para mayores de edad”.

Sin embargo, a partir de los catorce años se aplica la ley de Regulación de Responsabilidad Penal de los menores. Cuando un menor comete un delito, es cómplice o inductor, se le puede condenar a una responsabilidad penal.

Pueden ingresar en centros de internamiento. Al igual que ocurre en prisión, hay distintos regímenes: Cerrado, cuando el menor no puede salir del centro en ningún momento. También hay un régimen semiabierto en el que el menor puede abandonar el centro en momentos determinados. Por ejemplo, puede salir durante la mañana unas horas y después tiene que regresar.

Por último, está el régimen más flexible. El régimen abierto permite al menor salir y entrar del centro con asiduidad. Muchos menores pasan el día con sus familias y por la tarde regresan al centro de internamiento para dormir.

Según el letrado, estos centros de internamiento no podemos compararlos con las cárceles donde ingresan los adultos por un delito. “Son centros cuyo objetivo es reeducar a estos menores”.

Una vez que los menores ingresados en el centro de internamiento y cumplen la mayoría de edad, si la condena sigue en ese momento, habrá que valorar la entrada en prisión. “No se descarta que un menor sea condenado y entre en un centro de internamiento con régimen cerrado y una vez cumpla los dieciocho, entre en la cárcel.”

Para Borja Pérez, “la edad de responsabilidad penal tendría que bajarse a los dieciséis años”. Hay colectivos que piensan que los adolescentes toman decisiones importantes a partir de los 16 años, por tanto, deberían ser responsables penalmente. En este caso, el Código Penal sí se les aplicaría».

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