En el año 2020 se aprobó la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), cuyo nuevo artículo 324 venía a limitar a seis meses el periodo de instrucción de una causa judicial, plazo que se podría ampliar hasta 18 meses (prorrogables hasta 36) si el juez lo acordaba antes de vencer el primer semestre de investigación, a petición del fiscal y una vez escuchadas todas las partes. Esta modificación legal está suponiendo serios contratiempos en la investigación de muchas causas. La última, la abierta en marzo de 2017 por el Juzgado de Instrucción número ocho de Sevilla contra la cúpula y varios miembros de la Asociación Hispalense Solidaridad del Taxi por diversas actuaciones que podrían ser constitutivas de delitos. La Audiencia ha acordado la «inutilizabilidad» de gran parte de las pruebas acordadas y practicadas en esta causa: todas las decididas a partir de enero de 2018.

La defensa de Enrique Filgueras y Antonio Velarde, quien fuera presidente de la asociación y su sucesor, decidió recurrir ante la Audiencia de Sevilla un auto del 23 de junio de 2021 en el que se acordaba la ampliación de la instrucción. La causa principal o general contra las taxistas se incoó por auto de 16 de marzo de 2017. Dicha causa estuvo declarada secreta desde 1 de junio de 2017 hasta el día 25 de septiembre de 2017, cuando se levantó el secreto de las actuaciones. De nuevo la causa se declaró secreta por auto de fecha 10 de abril de 2018 y se levantó el secreto por auto de fecha 4 de junio de 2018. En este sentido, la legislación vigente entonces establecía que los plazos previstos de instrucción quedarían interrumpidos en caso de acordarse el secreto de las actuaciones.

Es cierto que en esta causa, con anterioridad al vencimiento de dicho plazo (18 meses), que se cumplía el 1 de abril de 2019, ningún otro auto se dictó acordando su prorroga o ampliación. «Por más que el juzgado continuara practicando diligencias, no puede pretenderse y al amparo de la nueva reforma del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y del establecimiento de nuevos plazos para la instrucción, reiniciarse o resucitar un plazo que estaba agotado y fenecido», señala la Audiencia.

¿Todo es nulo?
«La decisión, por tanto, de ampliar el plazo de instrucción acordada por auto de fecha 23 de julio de 2021 debe ser revocada pues se acordó cuando el plazo de instrucción ya estaba agotado y fenecido», concluye el tribunal de la Sección Cuarta que ha visto el recurso interpuesto por el letrado Simón Fernández Rebollo, del bufete Constitución 23.

En dicho recurso, esta defensa solicitaba que se declarara la nulidad de todas las actuaciones desde el día 8 de enero de 2018 y ello por cuanto cuando se dicta el auto de fecha 11 de abril de 2018 que declara la complejidad de la causa, ya había trascurrido el plazo inicial de seis meses.

El tribunal admite que es cierto que cuando se dicta el auto de fecha 11 de abril de 2018 ya había transcurrido el plazo inicial de seis meses en esta causa general contra los taxistas de la Asociación Hispalense Solidaridad del Taxi, y por ello ya no podía declararse compleja la instrucción, ampliando a 18 meses el plazo de instrucción.

En la causa obra un informe de la Fiscalía en que solicitaba se declarara la complejidad de la causa, siendo de fecha 11 de abril de 2018, posterior al trascurso del plazo de seis meses.

Ahora bien, la Audiencia precisa que la pretensión de declaración de nulidad de todas las diligencias practicadas desde enero de 2018, sin especificar además la parte cuales sean éstas, no puede íntegramente ser atendida. En primer lugar hay que tener en cuenta que son válidas las llamadas diligencias rezagadas, esto es las diligencias, que restaran por practicarse o por recepcionarse tras el trascurso de los plazos de instrucción pero que hubieran sido acordadas antes del cumplimiento de los seis meses.

¿Y ahora qué? El Juzgado de Instrucción número 8 de Sevilla podría continuar con la causa, dictando auto de procesamiento contra los investigados en esta pieza general apoyándose en las pruebas acordadas antes de enero de 2018.

La causa del aeropuerto
Pero esta causa generalizada contra la Asociación Hispalense Solidaridad del Taxi tiene más ramificaciones. En julio de 2018 (seis meses después del periodo de instrucción fijado por la Audiencia) la juez instructora acordó desglosar parte de la causa, e incoar dos causas independientes. Una de ellas es la que hace referencia a los incidentes ocurridos en el aeropuerto de San Pablo en la capital y protagonizados presuntamente por los miembros de esta asociación, con sus líderes a a la cabeza.

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